A- de 2016
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Ancizar Lopez Vargas·Demandado Direccion Seccional De Fiscalias Del Quindio
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de Jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia y el Juzgado Cuarto de Familia de Armenia.
Se reitera la posición sentada por la Corte Constitucional en los Autos 123/09, 064/07, 223/07 y 119/16.
Se concluye que que la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia tenía el deber de tramitar la impugnación formulada, en tanto no podía sustentar la declaratoria de nulidad de todo lo actuado, alegando que, en aplicación del Decreto 1382 de 2000, el despacho judicial que tramitó la primera instancia, no tenía competencia para hacerlo.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la Corte Suprema de Justicia, Sala Civil, para que sin más demoras resuelva la impugnación formulada dentro de la acción de tutela de la referencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del seis (06) de agosto de dos mil quince (2015), proferido por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, en el cual se declara la nulidad de todo lo actuado en el proceso de tutela iniciado por el señor Ancizar López Vargas contra la Dirección Seccional de Fiscalías del Quindío.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente de la referencia a la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, para que, sin más demoras, resuelva la impugnación presentada por el demandante contra el fallo de primera instancia proferido el
- primero. (1º) de julio de dos mil quince (2015) por la Sala Unitaria Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia, dentro del mencionado proceso.
- TERCERO. PREVENIR a la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, para que en lo sucesivo se abstenga de evitar decisiones que sean contrarias a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
- CUARTO. Por Secretaría General, COMUNICAR a las partes, al Juzgado
- Cuarto. de Familia de Armenia y a la Sala Unitaria Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia, la decisión adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.